El Registro Único Tributario (RUT) es el encargado de emplear mecanismos para identificar, ubicar y clasificar a cualquier persona natural o entidad que sea contribuyente declarante del impuesto sobre la renta o no contribuyente. Este mecanismo se maneja en materia tributaria, aduanera y cambiaria.
En este proceso se toma en cuenta si el obligado tiene alguna actividad económica, comercial, aportes, consumo o valor patrimonial. Con esto se puede avalar si son declarantes o no del impuesto sobre la renta.
¿Para qué sirve el RUT?
Sirve para hacer un seguimiento en la participación de las personas o entidades que realicen cualquier actividad comercial o económica dentro del país. A su vez, permite saber cuáles son las obligaciones Tributarias Aduaneras y Cambiarias.
Gracias a esta documentación las aduanas pueden realizar un trabajo efectivo, de calidad y confiable en lo que respectan los recaudos, servicios y el control de este proceso. Esto permite que también gracias a esta información las personas cumplan las actualizaciones y obligaciones.
Importancia del RUT
Aplicar para el RUT es sumamente importante porque mediante este registro se puede identificar y avalar las actividades económicas que se realizan con terceros. Pueden ser laborales o comerciales.
También mediante el registro Único Tributario (RUT) se indica a las personas naturales o jurídicas la obligación y deber aduanera y tributaria que le corresponde cumplir con el Estado.
A su vez, está capacitada ante el gobierno para facilitar la información y las estadísticas, de forma veraz y actualizada de las personas naturales o jurídicas que cuentan con este registro, al igual que las que aún no lo tramitan.
¿En qué momento se debe inscribir en el RUT?
Si se trata de nuevos inscritos u obligados, deben realizar este trámite cuando: Se inicie alguna actividad económica, al momento de tener obligaciones administrativas con el Estado. Y finalmente las personas que sean importadores, exportadores o usuarios aduaneros.
¿Quiénes están obligados a sacar el RUT?
Las personas naturales y entidades jurídicas que sean contribuyentes al ISR (Impuesto Sobre la Renta). Las personas que no sean contribuyentes pero que si declaren sus ingresos y patrimonios. Y a los agentes retenedores.
También se ven a la obligación de sacar el RUT los profesionales que realicen la compra y venta de divisas. Los responsables de régimen simplificado y también los que pertenezcan al régimen común. Los importadores y exportadores. Y finalmente las personas naturales u organizaciones que participen en el tránsito aduanero.
¿Quienes no están obligados a sacar el RUT?
Para requerir el proceso de esta operaciones de transito aduanero en lo que respecta la importación y exportación, las personas que no están obligadas a tramitar el Registro Único Tributario (RUT) son:
Las personas diplomáticas, los extranjeros que no son residentes, cualquier misión diplomática. Tampoco están obligados los transportadores extranjeros que no residen en el país y las personas naturales que transporten mercancía bajo la modalidad de envio urgente o tráfico postal.
¿Se debe actualizar el RUT?
Este documento representa una gran importancia y por eso es imprescindible saber que el regristo nunca va a perder su vigencia.
El Regristro Único Tributario (RUT) nunca pierde vigencia y es necesario solo actualizarlo en dos ocasiones:
- En la identificación y clasificación de datos personales como nombres, direcciones, ubicación o teléfonos.
- En el caso de los datos comerciales, se debe actualizar alguna actividad económica o distintas responsabilidades.
Hay que evitar pasar por alto hacer estas actualizaciones en el tiempo que se requiera, de no ser así se realizaran sanciones, como multas tributarias.
¿Dónde se tramita el RUT?
Realmente es muy sencillo, se debe ingresar a la página principal, ingresar los datos para pedir la cita y esta se encargará de seleccionar el punto de contacto u oficina más cercana a la residencia. Posterior a este registro cualquier actualización se puede realizar por la web.
Sansiones que se aplicarán por no utilizar el RUT
- En caso de registrar datos o información falsa o equivocada se deberá cumplir una multa equivalente a cien (100) UTV.
- Si no se utiliza el RUT antes de dar inicio al alguna actividad, el comercio, local o establecimiento será clausurado un (1) día por cada retraso. Si en tal caso, no se cuenta con un lugar físico, se debe cancelar por cada día de retraso una multa equivalente a una (1) UTV.
- Si el RUT no se actualiza el mes siguiente de haberlo registrado se sancionará con una multa de una (1) UTV por cada día de retraso en la actualización.
Es necesario estar al tanto de toda la información que se refiera a la inscripción del Registro Único Tributario (RUT) porque sin ella no se podría saber las funciones y obligaciones que tiene cada ciudadano. Y a su vez, permitir el seguimientos de las actividades económicas en el país.